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JUSTICIA

DECÁLOGO DEL ABOGADO, por Eduardo Couture.-

 I. ESTUDIA. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos Abogado.

II. PIENSA. El Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

III. TRABAJA. La Abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.

IV. LUCHA. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.

V. SÉ LEAL. Leal con tu cliente, al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el Juez que ignora los hechos, y debe confiar en lo que tú le dices y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.

VI. TOLERA. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

VII. TEN PACIENCIA. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su permiso.

VIII. TEN FE. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz como sustitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz.

IX. OLVIDA. La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor llegaría un día en que la vida sería imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

X. AMA TU PROFESIÓN. Trata de considerar la Abogacía de tal manera, que el día que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que sea Abogado.

 

 

HEPTÁLOGO DE LA ABOGACÍA (Acróstico de JOSÉ MARÍA MARTÍNEZ VAL).-

 

I. Ama la Justicia, como virtud y norte de tu profesión.

II. Busca siempre la verdad en los hechos y en las pruebas.

III. Orienta tu conocimiento y la interpretación y aplicación de la ley con ánimo crítico de perfección.

IV. Guarda respeto al Juez, puesto por la Sociedad para realizar la paz por el Derecho.

V. Auxilia con decisión, lealtad y secreto a tu cliente, que deposita en ti su confianza.

VI. Da a tus compañeros la estimación que merecen: Luchan, como tú mismo, por el Derecho y la Justicia.

VII. Ordena tu ejercicio profesional con dignidad, valor, independencia y libertad.

 

 

DECÁLOGO DEL ABOGADO de ÁNGEL OSSORIO Y GALLARDO.

 

I. No pases por encima de un estado de tu conciencia.

II. No aceptes una convicción que no tengas.

III. No te rindas ante la popularidad ni adules la tiranía.

IV. Piensa siempre que tu eres para el cliente y no el cliente para ti.

V. No procures nunca en los Tribunales ser más que los magistrados, pero no consientas ser menos.

VI. Ten fe en la razón que lo que en general prevalece.

VII. Por la moral por encima de las Leyes.

VIII. Aprecia como el mejor de los textos el sentido común.

IX. Procura la paz como el mayor de los triunfos.

X. Busca siempre la Justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que las de tu saber.

  

DECÁLOGO DE JOSÉ MARÍA MARTÍNEZ VAL

                                                      

I. DIGNIDAD. La primera obligación del profesional titulado es sentirse portador de la dignidad colectiva de su profesión, mediante una conducta irreprochable en ella, guiada por la conciencia recta y responsable.

II. VERDAD. Como titulado con formación intelectual, está ante todo al servicio de la verdad, mediante su estudio, investigación, y su aplicación en la vida.

III. SERVICIO. Te debes a tu cliente, o a quien emplea tu trabajo, con dedicación y decisiones adecuadas al encargo o empleo, pero sin comprometer la libertad de tus criterios, como corresponde a la esencia de tu profesión.

IV. SOCIEDAD. No olvides como profesional desempeñar siempre una función social. No hagas nunca dictámenes, proyectos, ni decisiones que puedan resultar antisociales.

V. COMPAÑERISMO. Mantén relaciones de respeto, afecto, solidaridad y colaboración con tus compañeros de profesión, y de acatamiento y disciplina con los órganos representativos de tu Colegio Profesional.

VI. LEALTAD. En el trabajo sé siempre leal, ofreciendo cuanto sabes y puedes, aceptando críticamente las aportaciones de los demás y respetando y aceptando las decisiones del grupo y de los jefes responsables de asumirlas en definitiva.

VII. RESPETO A LAS DEMÁS PROFESIONES. En las relaciones o colaboraciones interprofesionales respeta los principios, metodologías, y decisiones que tienen, como propias y específicas, las demás profesiones aunque debes conservar en todo caso la libertad de interpretación y aplicación de tus propios fines y objetivos.

VIII. SECRETO PROFESIONAL. Mantén siempre, desde la normativa y tradiciones de tu profesión, y conforme a la ley, el sagrado derecho-deber del secreto profesional, con sólo las excepciones, muy limitadas, que se justifiquen moral o legalmente.

IX. REMUNERACIÓN. Cuando haya normas legal o colegialmente establecidas atente rigurosa y escrupulosamente a ellas. En caso de discrepancias procura el arbitraje o regulación colegial, que cuidan en general de la dignidad y la responsabilidad que las profesiones tituladas merecen.

X. COLEGIALISMO.  Mira en el Colegio lo que realmente es: un ámbito de convivencia entre compañeros, un órgano de representación y defensa de legítimos intereses profesionales y una garantía de defensa de la Sociedad, por medio de la exigencia y el compromiso de una prestación profesional competente, eficaz, digna y responsable.

 

 DECÁLOGO DEL ABOGADO de SAN IVO

 

I. El Abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Justicia.

II. Ningún Abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos para la conciencia y el decoro profesional.

III. El Abogado no debe cargar al cliente con cargos excesivos.

IV. Ningún Abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, medios ilícitos o injustos.

V. Debe tratar el caso de su cliente como si fuera el suyo propio.

VI. No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga encargado.

VII. Ningún Abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite.

VIII. El Abogado debe amar la Justicia y la honradez tanto como las niñas de sus ojos.

IX. La demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarlo.

X. Para hacer una buena defensa, el Abogado debe ser verídico, sincero y lógico.

 

Justicia 

Al que sinceramente busca lo justo, a ése Dios lo ayudará siempre. Adolfo Kolping

Cada niño, al nacer, nos trae el mensaje de que Dios no ha perdido todavía la esperanza en los hombres.

Rabindranath Tagore              

Colaborar con la obra de justicia social es deber de todos, por cuanto al hacerlo estamos cumpliendo con una obligación moral y social.

Luis A. Ferre           

Creen que la justicia social resuelve todos los problemas y no se dan cuenta que es insuficiente. Sin amor, no pasa de ser una nueva opresión. No habrá justicia social sin amor.

Beata Madre Teresa de Calcuta

Debemos ser justos antes de ser generosos. Padre Alberto Hurtado.   

Donde hay justicia, no hay pobreza.

Kung FuTse, Confucio

Donde hay poca justicia es grave tener razón.

 Francisco de Quevedo

Donde no hay caridad no puede haber justicia.

San Agustín de Hipona.           

Donde reina la justicia está demás la fuerza.

Enrique IV          

El hombre justo no es el que no comete ninguna injusticia, sino el que, pudiendo ser injusto, no quiere serlo.

Menandro         

El que decide un caso sin oír a la otra parte, aunque decida justamente no puede ser considerado justo.

Lucio Anneo Séneca         

El justo está próximo al corazón de la gente, pero el misericordioso está próximo al corazón de Dios.

Khalil Gibrán

El talento puede dar prestigio, el valor puede dar soldados, la tiranía puede dar esclavos, pero sólo la justicia puede dar la fuerza.

Silvio Pellico          

En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle.

Mohandas Karamchand Gandhi

En la mayor parte de los hombres, el amor a la justicia no es más que el temor de sufrir la injusticia.

François de La Rochefoucauld, Duque de Rochefoucauld

En un mundo injusto el que clama por la justicia es tomado por loco...

León Felipe Camino y Galicia

Es fácil ser bueno; lo difícil es ser justo.

Víctor Hugo

Es mejor sufrir una injusticia que cometerla.

Sócrates

Es muy difícil saber lo que sucede en el cerebro de un niño, pero es imposible saber lo que sucederá en él.

Georges Bernanos

Está seguro de que eres hombre de Dios si llevas con alegría y silencio la injusticia.

San Josemaría Escrivá de Balaguer

Justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo. Ulpiano

La caridad comienza en mi casa, y la justicia en la puerta siguiente. Charles Dickens

La injusticia es cualquier parte es una amenaza para la justicia en todas partes. Martin Luther King

La injusticia hecha a uno solo es una amenaza dirigida a todos.

Montesquiu

La injusticia siempre mala, es horrible ejercida contra un desdichado. Concepción Arenal

La justicia, edificará la paz cuando cada uno respete concretamente los derechos ajenos y se esfuerce por cumplir plenamente los mismos deberes con los demás.

SS. Juan Pablo II

La justicia es la verdad en acción. Joseph Joubert

La justicia se defiende con la razón y no con las armas. No se pierde nada con la paz y puede perderse todo con la guerra.

Juan XXIII

La justicia verdadera y progresiva nace del amor. Paulo VI

La limosna es un mal necesario, mientras vivamos en la injusticia. René Trossero

La más excelente de todas las virtudes es la justicia. Aristóteles

La más estricta justicia no creo que sea siempre la mejor política. Abraham Lincoln

No hables de Dios y su justicia, porque siempre quedarás en deuda. 

Zenaida Bacardí de Argamasilla

No hay paz sin justicia, no hay justicia sin perdón. SS. Juan Pablo II

No juzguéis, para que no seáis juzgados. Porque con el juicio con que juzguéis seréis juzgados, y con la medida con que midáis se os medirá.

Mt 7,1-2.

No puede haber justicia si no somos capaces de ponernos en lugar del otro. Autor desconocido

No vayas contra lo que no es justo para conseguir el elogio de los demás.

Lao Tse 

Nos volvemos justos idealizando actos de justicia, valientes realizando actos de valentía. Aristóteles

Permitir una injusticia significa abrir el camino a todas las que sigan.

Willy De Brandt

Por encima de todo, siempre vence el sentimiento de la justicia.

Kleist

Por justicia se da al prójimo sólo lo que se le debe, pero por caridad lo que necesita. Beata Madre Teresa de Calcuta

Por la justicia cada uno reacciona convenientemente ante el prójimo toma en cuenta al prójimo y a sí mismo, da al prójimo, lo que le corresponde. La justicia es el respeto a los derechos del prójimo.

Padre Louis Joseph Lebret. o.p.

Se justo antes de ser generoso; sé humano antes de ser justo. Fernán Caballero

Ser justo es también ser semejante a Dios; la dignidad del hombre se eleva y decae de acuerdo a su amor hacia la justicia. Adolfo Kolping

Si los ciudadanos practicasen entre sí la amistad, no tendrían necesidad de la justicia. Aristóteles

Si quieres la paz lucha por la justicia. Pablo VI  

Sin justicia, sólo hay divisiones, víctimas y opresores. Napoleón Bonaparte

Sólo es rico quien posee lo de más alto precio: la virtud. La verdadera riqueza es la justicia. San Clemente de Alejandría

                 

Sólo hay una blasfemia, que es la injusticia. Robert Green Ingersoll   

Toda justicia humana terrenal tiene su fundamento verdadero sólo en la fe, en las verdades religiosas dadas por Dios. Adolfo Kolping   

 Un acto de justicia permite cerrar el capitulo; un acto de venganza escribe un capitulo nuevo. Marilyn vos Savant 

Una cualidad de la justicia es hacerla pronto y sin dilaciones; hacerla esperar es injusticia. Jean de la Bruyère


DECÁLOGO DEL ABOGADO, por Eduardo Couture.-

 I. ESTUDIA. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serás cada día un poco menos Abogado.

II. PIENSA. El Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

III. TRABAJA. La Abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.

IV. LUCHA. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.

V. SÉ LEAL. Leal con tu cliente, al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el Juez que ignora los hechos, y debe confiar en lo que tú le dices y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.

VI. TOLERA. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

VII. TEN PACIENCIA. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su permiso.

VIII. TEN FE. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho; en la Paz como sustitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz.

IX. OLVIDA. La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor llegaría un día en que la vida sería imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

X. AMA TU PROFESIÓN. Trata de considerar la Abogacía de tal manera, que el día que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que sea Abogado.

 

 HEPTÁLOGO DE LA ABOGACÍA (Acróstico de JOSÉ MARÍA MARTÍNEZ VAL).-

I. Ama la Justicia, como virtud y norte de tu profesión.

II. Busca siempre la verdad en los hechos y en las pruebas.

III. Orienta tu conocimiento y la interpretación y aplicación de la ley con ánimo crítico de perfección.

IV. Guarda respeto al Juez, puesto por la Sociedad para realizar la paz por el Derecho.

V. Auxilia con decisión, lealtad y secreto a tu cliente, que deposita en ti su confianza.

VI. Da a tus compañeros la estimación que merecen: Luchan, como tú mismo, por el Derecho y la Justicia.

VII. Ordena tu ejercicio profesional con dignidad, valor, independencia y libertad.

 

 DECÁLOGO DEL ABOGADO de ÁNGEL OSSORIO Y GALLARDO.

 I. No pases por encima de un estado de tu conciencia.

II. No aceptes una convicción que no tengas.

III. No te rindas ante la popularidad ni adules la tiranía.

IV. Piensa siempre que tu eres para el cliente y no el cliente para ti.

V. No procures nunca en los Tribunales ser más que los magistrados, pero no consientas ser menos.

VI. Ten fe en la razón que lo que en general prevalece.

VII. Por la moral por encima de las Leyes.

VIII. Aprecia como el mejor de los textos el sentido común.

IX. Procura la paz como el mayor de los triunfos.

X. Busca siempre la Justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que las de tu saber.

 

 

DECÁLOGO DE JOSÉ MARÍA MARTÍNEZ VAL

                                                    

I. DIGNIDAD. La primera obligación del profesional titulado es sentirse portador de la dignidad colectiva de su profesión, mediante una conducta irreprochable en ella, guiada por la conciencia recta y responsable.

II. VERDAD. Como titulado con formación intelectual, está ante todo al servicio de la verdad, mediante su estudio, investigación, y su aplicación en la vida.

III. SERVICIO. Te debes a tu cliente, o a quien emplea tu trabajo, con dedicación y decisiones adecuadas al encargo o empleo, pero sin comprometer la libertad de tus criterios, como corresponde a la esencia de tu profesión.

IV. SOCIEDAD. No olvides como profesional desempeñar siempre una función social. No hagas nunca dictámenes, proyectos, ni decisiones que puedan resultar antisociales.

V. COMPAÑERISMO. Mantén relaciones de respeto, afecto, solidaridad y colaboración con tus compañeros de profesión, y de acatamiento y disciplina con los órganos representativos de tu Colegio Profesional.

VI. LEALTAD. En el trabajo sé siempre leal, ofreciendo cuanto sabes y puedes, aceptando críticamente las aportaciones de los demás y respetando y aceptando las decisiones del grupo y de los jefes responsables de asumirlas en definitiva.

VII. RESPETO A LAS DEMÁS PROFESIONES. En las relaciones o colaboraciones interprofesionales respeta los principios, metodologías, y decisiones que tienen, como propias y específicas, las demás profesiones aunque debes conservar en todo caso la libertad de interpretación y aplicación de tus propios fines y objetivos.

VIII. SECRETO PROFESIONAL. Mantén siempre, desde la normativa y tradiciones de tu profesión, y conforme a la ley, el sagrado derecho-deber del secreto profesional, con sólo las excepciones, muy limitadas, que se justifiquen moral o legalmente.

IX. REMUNERACIÓN. Cuando haya normas legal o colegialmente establecidas atente rigurosa y escrupulosamente a ellas. En caso de discrepancias procura el arbitraje o regulación colegial, que cuidan en general de la dignidad y la responsabilidad que las profesiones tituladas merecen.

X. COLEGIALISMO.  Mira en el Colegio lo que realmente es: un ámbito de convivencia entre compañeros, un órgano de representación y defensa de legítimos intereses profesionales y una garantía de defensa de la Sociedad, por medio de la exigencia y el compromiso de una prestación profesional competente, eficaz, digna y responsable.

 

DECÁLOGO DEL ABOGADO de SAN IVO

 

I. El Abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Justicia.

II. Ningún Abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos para la conciencia y el decoro profesional.

III. El Abogado no debe cargar al cliente con cargos excesivos.

IV. Ningún Abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, medios ilícitos o injustos.

V. Debe tratar el caso de su cliente como si fuera el suyo propio.

VI. No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga encargado.

VII. Ningún Abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite.

VIII. El Abogado debe amar la Justicia y la honradez tanto como las niñas de sus ojos.

IX. La demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarlo.

X. Para hacer una buena defensa, el Abogado debe ser verídico, sincero y lógico.


Influencia del perito en el nuevo sistema acusatorio.

 

Worrall González, Edward; Juan Muñiz Ramírez.

 

Todo juzgador en el nuevo sistema penal acusatorio se encuentra inevitablemente obligado a escuchar, entender, ponderar y valorar con criterio amplio y objetivo las importantes aportaciones de los peritos -llamados ahora testigos expertos-  dentro de los diversos procesos investigativos en curso, antes de emitir la sentencia.

 

En efecto, hoy más que nunca se vuelve imperativo el apoyo en las llamadas ciencias forenses, artes y oficios,  y en el testimonio que de ello rindan durante el juicio los versados en las diversas materias y especialidades, para la correcta y diáfana aplicación de la justicia ante los ojos de la sociedad. Y esto se puede entender mejor si tomamos por ejemplo cualquier caso extraído al azar de los que obran en las procuradurías. En éste podríamos apreciar la frecuente incongruencia que existe entre lo investigado y lo consignado, así como las inconstancias que subyacen entre las declaraciones y los medios de prueba presentados por la autoridad investigadora. En éste sentido tal vez podríamos estar leyendo el dictamen de cualquier médico forense en donde manifestara, por ejemplo:  “…FALLECIÓ DE LAS ALTERACIONES VISCERALES Y TISULARES MENCIONADAS CAUSADAS EN LOS ÓRGANOS INTERESADOS POR LA HERIDA PRODUCIDA POR EL PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO PENETRANTE DE ABDÓMEN YA DESCRITA Y QUE CLASIFICAMOS DE MORTAL …”

 

Lo cual, por supuesto, en el mayor número de los casos es coincidente con la realidad que es percibida a través de nuestros sentidos, mas no así con la verdad buscada, que definitivamente tiene que ser equivalente a la verdad histórica de los hechos. Lo cual sugiere que debe sostenerse una concordancia entre lo que aprecian nuestros sentidos y aquello que obra dentro de la realidad palpable. Es pertinente aclarar en este sentido que comprender el concepto sobre el término “verdad” parece complicado cuando  escuchamos con tanta frecuencia terminología como: verdad legal, verdad histórica, verdad científica, o incluso verdad virtual, que a menudo se vuelven tan solo frases subjetivas cuando no debería ser así.

Si para comprender el concepto “verdad” tomamos como ejemplo ilustrativo  lo que ocurre con un paciente esquizofrénico, el cual escucha voces y ve objetos o imágenes que no existen, podríamos pensar que algo así se suscita cuando se trata de homogeneizar los indicios recabados en el escenario de un hecho ilícito y aquello que haya sido vertido dentro de las declaraciones otorgadas por gente que de alguna manera se relacionó con el hecho en investigación.

 

El Ministerio Público, como autoridad investigadora, tiene la tarea de encuadrar, en su oportunidad, la conducta desplegada por el sujeto activo, la cual a su vez deberá ajustarse al tipo penal según esté descrito dentro del mismo Código Penal,  para poder conferirle lo que se conoce como tipicidad. Para tal efecto, la autoridad debe conocer la verdad histórica, misma que tiene que ser lo que realmente ocurrió en el mundo material y que produjo cambios perceptibles. A modo de llegar a conocer lo que sucedió el agente del ministerio público, en su calidad de investigador, se vale de las declaraciones que fueron depositadas de inicio en la averiguación previa.

 

Resulta que dichas declaraciones obsequiadas por el pasivo o por algún supuesto testigo de los hechos tantas veces se ven distorsionadas de la realidad en virtud de múltiples factores como pueden ser, por citar solo algunos, el estado anímico en el momento de los hechos, la circunstancia en la que tuvieron relación para con los eventos, el lazo de unión (o distanciamiento) que puedan tener para con el activo (o el pasivo), etcétera, que les orillará a ver  o decir las cosas de modos distintos y en ocasiones les llega a revestir de inespecificidad tornándoles subjetivos. Todo esto, y más, pueden volver imperfectas dichas declaraciones, de tal suerte que para que el agente investigador pueda captar con mayor claridad lo acaecido se tiene que auxiliar del perito en la materia en que se esté trabajando. El perito, basándose en la verdad científica, es decir tomando en consideración las leyes o principios universales de las ciencias, determinará si realmente existió el hecho de la forma en como lo relataron los declarantes y por lo tanto establecer qué declaración es mas verosímil y digna de ser tomada en cuenta por el juzgador. Por otro lado, el mismo perito debe encargarse de descartar la verdad virtual, que es por sí misma una falsa apreciación de la realidad que se basa en aquellos errores que en el pasado cometieron los especialistas ya sea acaso por ignorancia, o por el avance de la ciencia en tal época. Aquí podemos citar el caso de la prueba de la parafina que captaba “manos criminales que habían disparado una arma homicida”, pero también detectaba residuos en manos que habían manipulado plomo, cerillos conteniendo azufre, jardineros o trabajadores de establos que habían manipulado elementos nitrogenados, etcétera. Fue por tales razones que se desechó dicha prueba y dejó así de ser considerada como una verdad virtual científica que no es otra cosa que algo a lo que damos por asentado por formar parte de una historia de tradiciones, sean éstas buenas o malas. Hoy en día son más confiables pruebas como Rodizonato de sodio, Absorción atómica, Activación de neutrones, o la Microscopia electrónica de barrido, por ser éstas mucho más especificas y seguras dentro de las investigaciones y sobretodo por contar con el insuperable apoyo científico. La pregunta se vuelve entonces obligada: ¿de cuál verdad se precisa dentro de la investigación?

 

Como se decía en párrafos anteriores lo grave del asunto reside en aquellas temerarias “declaraciones” que algún familiar o amistad, o quizás cualquier otra persona alterada por el hecho haya podido verter sobre el caudal de documentos que obren en la averiguación previa, hoy llamada “carpeta de investigación” dentro del sistema acusatorio, y que de alguna manera hubiesen  producido momentáneo efecto en el ánimo del juzgador al emitir una orden de aprehensión, un auto de término constitucional, e incluso su sentencia.

 

Debemos tener presente que a pesar de que al juez se le considera “el perito de peritos”, en realidad se trata de un ser humano de carne y hueso como todos nosotros, limitado en sus conocimientos y alcances, y que por ello debe de asistirse de especialistas que le auxilien en el esclarecimiento de los hechos. En el caso hipotético de que los jueces fuesen poseedores de todo el conocimiento humano los servicios periciales no tendrían razón de ser.

 

Considerando lo dicho hasta ahora no escapa a nuestra atención la dimensión del riesgo que implica para el juzgador, y para el procesado, normar su criterio exclusivamente a través de las declaraciones de testigos, que muchas veces no son otra cosa que “dimes y diretes” que ni siquiera guardan relación para con los hechos investigados. Sobretodo, por la sencilla razón de que tales declaraciones no pueden ser comprobadas fehacientemente ni mucho menos de modo mensurable y objetivo como lo manda la ciencia, no solo por ser incoherentes entre sí, sino también inconsistentes y hasta incongruentes con la lógica misma de los eventos que se están pretendiendo dilucidar. Y por más doloroso que resulte aceptarlo sucede que en la actualidad se le sigue brindando mayor peso a las declaraciones que a las pruebas periciales en sí, que no solo contradicen sustancialmente a lo declarado sino que además lo demuestran con elementos técnicos y científicos irrefutables.

 

Ya desde los primeros tiempos de los servicios periciales, que datan de principios del siglo XX, se hacía una recomendación extremadamente importante y valiosa en el sentido de que no se debería hacer mucho caso a las declaraciones pues pueden éstas haber sido dadas de forma defectuosa, ya sea por ignorancia de la gramática, por factores externos o internos que alteraron la percepción del denunciante y sus testigos presenciales, o por una forma maliciosa e intencionada de alterar los hechos.

 

Edmund Locard decía: “los indicios son los testigos mudos de los hechos”, y sostenía también la idea de que: “haciéndolos hablar por medio de la ciencia iban éstos a identificar a los autores y la forma de cometer el hecho”. Bueno, pues aquí tenemos a la mano a nuestros peritos, apoyémonos en su trabajo profesional de manera constante.

 

Nuestros  testigos expertos, como ha quedado claro, poseen la envidiable capacidad de ser poderosas fuentes de luz que tiene aplicación directa en el esclarecimiento de hechos y circunstancias que por años han residido en la penumbra. De esta manera su trabajo, manifestado a través de pruebas como son: “mecánica de lesiones”, “identificación de elementos balísticos”, “identificación de firmas y textos cuestionados”, “determinación de sustancias tipificadas por la ley”, “cronotanatodiagnóstico”, o en su mayor esplendor criminalístico: “la reconstrucción de los hechos”, entre otras muchas disponibles, estará demostrando de modo contundente que aquellos argumentos que supuestamente “pesaban” en las averiguaciones se hallan hoy “colgados por alfileres” al ser mirados con la óptica del trabajo científico pericial.

 

La labor del perito actual se centra en analizar minuciosamente los indicios para poder comprender bien los hechos. De esa manera se cotejan las declaraciones y los argumentos, que al ser analizados a través de una lógica rigurosa pueden poner al descubierto que en un gran número de ocasiones no existe una adecuada interpretación de las periciales, ni son éstas concordantes para con los argumentos vertidos en cuanto a la forma como se dice sucedieron los hechos.

 

Como resultado de lo expuesto se tiene que las consignaciones efectuadas tantas veces denotan haber sido elaboradas sin ningún sustento técnico ni científico, y éstas mismas dejan entrever la forma aparentemente ignorante, perversa o maliciosa que tuvo aquel que pudiera haber intervenido en la así llamada procuración de justicia. De similar modo se puede dar el caso entre los juzgadores,  quienes al ser arrastrados en toda esa incoherencia y de forma por demás desconocedora de la materia o rama en estudio, avalen lo estipulado en el pliego de consignación e indebidamente le den entrada a las declaraciones rendidas.

 

Al perito, “testigo experto”, le espera una ardua labor dentro de los juzgados y las ahora llamadas salas de juicios orales toda vez que  su experticia técnica y científica habrá de ser perfectamente explicada y a menudo cuestionada ante la mirada incrédula del público espectador. Incluso tendrá que enfrentarse a las viejas convicciones que se han venido aplicando desde años atrás, tales como dar credibilidad absoluta a las  primeras declaraciones de los inculpados, sin tomar en cuenta que fueron quizás coaccionados o engañados para declarar en algún sentido; o, más aún,  cuando los testigos faltan a la verdad con fines personales y no con el sano objeto de aclarar la verdad para que se haga justicia. Por último, es menester recordar que existen peritos técnicos y científicos, pero también habrá que tenerse presente que el perito en cualquier materia o rama, deberá reunir los siguientes requisitos para incorporarse exitosamente al nuevo sistema acusatorio:

 

Ciencia, teniendo conocimientos amplios, sólidos y bien fundamentados dentro de su materia; experiencia, ya que como bien se dice de manera coloquial “la práctica hace al maestro”; paciencia, para no precipitarse y caer por ello en imprecisiones o meras conjeturas; conciencia, para no poner a la venta, jamás, su sabiduría ; y por último, resistencia, para no desfallecer en sus esfuerzos por buscar la verdad y la razón, tomando en cuenta siempre que muchas veces las sentencias se resuelven con los medios de impugnación extraordinarios que toman tiempos prolongados.

 

Además, dentro de la modernidad exigida en los juicios orales, consideramos que para el perito no solo bastará que sepa y domine su especialidad, sino que también deberá contar con una gran capacidad para descubrir la verdad histórica y poder ilustrarla y explicarla con magistral claridad. De allí que, como se suele decir: “el que sabe y no sabe explicarlo no prueba nada”, y es por tal razón que insistimos los autores en que además de saber sobre su materia o ciencia, el perito deberá disponer de una gran habilidad para argumentar e incidir en el ánimo de los juzgadores para que de esa manera haga valer y le sea reconocida por lo mismo la prueba pericial por encima de las todas las declaraciones.

 

En tal orden de ideas  podemos concluir mencionando  que de entre el amplio caudal probatorio del que pueda tomar recurso el litigante en el desarrollo de los procesos penales brilla por su solidez inquebrantable la aplicación de la prueba pericial, siendo ésta  el resultado del encomiable  trabajo del experto en las diversas áreas forenses , mismo que pasará ahora  a ser protagonista en el nuevo sistema acusatorio: el perito.

 

Ligas y bibliografía recomendados:

http://itercriminis.inacipe.gob.mx/

www.reformapenal.inacipe.gob.mx

http://www.latent-prints.com/Locard.htm

http://science.howstuffworks.com/locards-exchange-principle1.htm

http://www.spsa-forensics.police.uk/services/history_science/history_1912

http://principiodeidentidad.blogspot.com/2008_05_01_archive.htm